La reciente publicación de la nueva Ley 21.453, obligará a que las instituciones financieras proporcionen al Servicio de Impuestos Internos (SII) información sobre saldos de productos o instrumentos de captación, inversión o servicio de custodia. Además, las sumas de abonos de los titulares -personas naturales o jurídicas o patrimonios de afectación, con domicilio o residencia en Chile o que se hayan constituido o establecido en el país- deberán ser informadas.
Esto significa que bancos y otras entidades deberán reportar al SII detalles sobre cuentas corrientes bancarias, depósitos a plazo, depósitos a la vista o vales vista, cuentas a la vista, cuentas de ahorro a plazo, cuentas de ahorro a la vista, cuentas de ahorro a plazo para la vivienda, cuentas de ahorro a plazo con giros diferidos y cuentas de ahorro a plazo para la educación superior.
Lo anterior, siempre y cuando el saldo, así como la suma de los depósitos efectuados a los titulares individualmente considerados o en su conjunto, registren un movimiento diario, semanal o mensual, igual o superior a UF 1.500
Este cambio tendrá dos efectos importantes:
- El primero es la revisión de los saldos de las cuentas bancarias que se presentan en las rentas anuales, con los que les reportarán los bancos.
- Y el segundo, es que ahora el SII tendrá el control del 100% de los activos, lo cual permitirá detectar si es que existen activos que en la práctica no existen y que, por lo tanto, podrían constituir retiros no declarados.